Las Islas Malvinas formaron parte del área
bajo jurisdicción de España desde la entrada
en vigor de los primeros instrumentos internacionales que
delimitaron el "Nuevo Mundo" poco después
del descubrimiento de 1942. Las Bulas Pontificas y el Tratado
de Tordesillas de 1494 constituyen los primeros instrumentos
que receptan títulos de España de acuerdo con
el derecho internacional de la época.
Desde principios del siglo XVI y durante la mayor parte del
mismo, sólo navegantes al servicio de España
transitaron las rutas marítimas a lo largo de la costa
sudamericana, avanzando hacia el sur en busca de un paso interoceánico.
En este avance se produjo el descubrimiento de las Islas Malvinas
por integrantes de la expedición de Magallanes en el
año 1520. A partir de ese momento fueron registradas
en la cartografía europea con diversos nombres y quedaron
dentro de los espacios bajo control efectivo de las autoridades
españolas. En el curso del XVII las Islas Malvinas
fueron avistadas por navegantes de otras naciones que se aventuraban
en los dominios españoles a riesgo de la reacción
y las protestas que España efectuaba cuando tenía
noticias de tales expediciones. Pero toda la región
austral de América, con sus costas, mares e islas,
quedó indiscutiblemente preservada bajo la soberanía
española a través de los diversos tratados suscriptos
en este período, como el Tratado "Americano"
de 1670, entre España e Inglaterra. La Paz de Utrecht,
firmada en 1713, aseguró la integridad de las posesiones
de España en América del Sur y confirmó
su exclusividad de navegación en el Atlántico
Sur. Inglaterra aceptó dichas cláusulas como
signataria de| los acuerdos de Utrecht y de tratados posteriores
del siglo XVII que lo ratificaban. No obstante, hacia mediados
de este siglo, las Islas Malvinas comenzaron a ser objeto
del interés de Gran Bretaña y Francia, que aspiraban
a contar con un establecimiento estratégicamente ubicado
frente al estrecho de Magallanes.
En 1749, España se enteró de
un proyecto británico para establecerse en las Islas
Malvinas y protestó firmemente ante el gobierno de
Gran Bretaña que, en consecuencia, desistió
de llevarlo a cabo.
Cuando en 1764 Francia formó el establecimiento
de "Port Louis" en la Isla Soledad, España
se opuso y obtuvo el reconocimiento de Francia de su derecho
a las islas. El gobierno francés ordenó la evacuación
y entrega del establecimiento a las autoridades españolas.
Esta entrega se concretó en 1767 y desde entonces hubo
en las Malvinas un gobernador español residente en
ellas, dependiente de Buenos Aires.
Al año siguiente de la instalación francesa,
una expedición británica llegó clandestinamente
al archipiélago y, como seguimiento de ella, en 1766
marinos ingleses levantaron un fuerte en un lugar que llamaron
"Port Egmont", en una isla situada al oeste de la
Gran Malvina. Pese al secreto con que el gobierno británico
llevó esto a cabo, España tuvo conocimiento
de ello y protestó insistentemente exponiendo sus derechos.
Como no tuvo una respuesta aceptable, buscó el establecimiento
intruso y en 1770, expulsó por la fuerza a sus ocupantes.
Con motivo de esta acción se estuvo al borde de una
guerra, evitada con un acuerdo bilateral firmado en 1771 que
constaba de una Declaración por la que España
restituía “Port Egmont" a los británicos
para salvar el honor del Rey de Inglaterra, haciendo reserva
expresa de su soberanía sobre la totalidad de las Islas
Malvinas, y una Aceptación de la Declaración
en la que Gran Bretaña guardaba silencio acerca la
reserva de derechos española. Como parte del acuerdo
se convino verbalmente que los ingleses se retirarían
de "Port Egmont" posteriormente, lo cual ocurrió
en 1774. Desde entonces las autoridades españolas con
asiento en Puerto Soledad continuaron ejerciendo su jurisdicción
y control sobre la totalidad del archipiélago. En 1790,
con la firma del tratado de San Lorenzo de El Escorial, Gran
Bretaña se comprometió a no formar ningún
establecimiento en las costas tanto orientales como occidentales
de América Meridional ni en las islas» : adyacentes
ya ocupadas por España, cual era el caso de las Malvinas.
La sucesión de treinta y dos gobernadores
españoles en las Islas Malvinas fue continua hasta
el año 1811 en que la guarnición de Puerto Soledad
fue requerida desde Montevideo para la defensa de la monarquía
española al comienzo de las Guerras de la Independencia.
Los primeros gobiernos patrios de las Provincias Unidas del
Río de la Plata tuvieron en cuenta en diversos actos
administrativos a las Malvinas, a las que consideraron parte
integrante de su territorio, heredado de España por
sucesión de Estados según el uti possidetis
juris de 1810.
En 1820, bajo las difíciles condiciones
de las luchas internas que enfrentaba el Estado argentino
en formación, el Oficial de Marina David Jewett tomó
posesión de las Islas Malvinas en nombre de las Provincias
Unidas del Río de la Plata en un acto público
en Puerto Soledad, al que asistieron loberos y balleneros
de varias nacionalidades, entre ellos estadounidenses y británicos,
que recalaban en las islas en el desarrollo de sus faenas.
La noticia fue publicada en medios de los Estados Unidos y
del Reino Unido sin provocar comentarios oficiales por parte
de esos países. Tampoco manifestó Gran Bretaña
pretensión alguna a las Islas Malvinas en el proceso
de reconocimiento del Estado argentino, que culminó
con la firma del Tratado de Amistad, Comercio y Navegación
de 1825.
Durante la década de 1820 los gobiernos
argentinos realizaron diversos actos demostrativos de su soberanía
sobre las Islas Malvinas, incluyendo la designación
de gobernadores, legislación sobre recursos pesqueros
y otorgamiento de concesiones territoriales. En este marco
se fue desarrollando Puerto Soledad, cuyos habitantes criaban
ganado, cazaban lobos marinos y prestaban servicios a los
buques que 'tocaban puerto.
El 10 de junio de 1829 el gobierno argentino
promulgó un decreto creando la Comandancia Política
y Militar de las Malvinas. Después de haber mantenido
silencio por más de medio siglo en el curso del cual
se habían sucedido sin oposición administraciones
españolas y argentinas en las Islas Malvinas, en noviembre
de 1829 el Reino Unido protestó dicho decreto, en el
marco de un renacimiento de su interés; estratégico
en el Atlántico Sur.
A fines de 1831 un buque de guerra de los
Estados Unidos arrasó Puerto Soledad en represalia
por la captura de buques loberos de esa nacionalidad que habían
sido hallados en infracción a la legislación
de pesca por las autoridades argentinas. El gobierno argentino
inició de inmediato las gestiones para obtener reparación
de los Estados Unidos y a la vez envió una goleta de
la Armada para restablecer el orden quebrado por la irrupción
de la nave estadounidense.
ORIGEN DE LA DISPUTA DE SOBERANÍA
Cuando el orden en Puerto Soledad había
sido restaurado, una corbeta de la Marina Real británica
apoyada por otro buque de guerra que se encontraba en las
cercanías, amenazó con el uso de fuerza superior
y exigió la rendición y entrega de la plaza.
Tras la expulsión de las autoridades argentinas y los
pobladores, el gobierno inglés, en 1834, asignaría
a un oficial de la Armada para que permaneciera en las islas
y recién en 1841 tomaría la decisión
de "colonizar" las Malvinas, nombrando un "gobernador".
El acto de fuerza de 1833, realizado en tiempo de paz, sin
que mediara comunicación ni declaración previa
alguna de parte de un gobierno amigo de la República
Argentina, fue inmediatamente rechazado y protestado. El 16
de enero de 1833, el gobierno argentino pidió explicaciones
al Encargado de Negocios británico, que no estaba al
tanto de la acción de los buques de su país.
El 22 de enero, el Ministro de Relaciones Exteriores presentó
una protesta ante el funcionario británico, que fue
renovada y ampliada en reiteradas oportunidades por el representante
argentino en Londres. Las presentaciones argentinas tropezaron
con respuestas negativas de parte del gobierno del Reino Unido.
La cuestión quedó pendiente y así lo
reconoció el Secretario de Asuntos Extranjeros británico
en 1849. Por el lado argentino continuó planteándose
en distintos niveles del gobierno y fue objeto de debates
en el Congreso de la Nación. En 1884, ante la falta
de respuesta a sus reiteradas protestas, la Argentina propuso
llevar el tema a un arbitraje internacional, lo cual también
fue rechazado sin dar razones por el Reino Unido. Desde entonces
y hasta el presente, la República ha reivindicado permanentemente
su justo reclamo en el nivel bilateral, formulando las protestas
correspondientes cuando ha tenido conocimiento de actos británicos
que contradicen su soberanía sobre las Islas Malvinas,
Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos
circundantes, así como en distintos foros multilaterales,
entre ellos las Naciones Unidas y la Organización de
los Estados Americanos, impulsando la adopción de resoluciones
que llaman a las dos Partes a resolver la controversia y de
declaraciones de apoyo a la posición argentina.
Solo hay dos partes en la disputa
de soberanía, la República Argentina y el Reino
Unido.
En el marco de la Resolución de la
Asamblea General de las Naciones Unidas 2065 (XX) de 1965
que establece que la controversia entre la República
Argentina y el Reino Unido acerca de la soberanía sobre
las Islas debe ser resuelta a través de negociaciones
que tengan en cuenta las disposiciones y los objetivos de
la Carta de las Naciones Unidas, la Resolución 1514(XV)
del mencionado cuerpo, así como los intereses de la
población de las Islas se inició un proceso
de negociación bilateral durante el cual se analizaron
distintas fórmulas para solucionar la disputa sin lograr
un acuerdo.
En 1982 tuvo lugar el conflicto del Atlántico Sur y
la Argentina y el Reino Unido rompieron relaciones diplomáticas.
Estas fueron restablecidas en febrero de 1990.
SITUACIÓN ACTUAL
La reanudación de las relaciones
diplomáticas con el Reino Unido - a partir de las Declaraciones
Conjuntas de Madrid de 1989 y 1990 - fue posible gracias a
la adopción de una fórmula de salvaguardia de
soberanía y jurisdicción sobre las Islas Malvinas,
Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos
circundantes. De conformidad con la Declaración Conjunta
del 19 de octubre de 1989, dicha fórmula se aplica
a todas las reuniones bilaterales sobre aspectos prácticos
vinculados a Malvinas, así como a las declaraciones
y actos de las partes o de terceros que tengan lugar como
consecuencia de lo convenido en las reuniones.
A partir de las Declaraciones Conjuntas de Madrid, de 1989
y 1990 con el Reino Unido, se adoptaron diversos entendimientos
provisorios sobre cuestiones prácticas relacionadas
con el Atlántico Sur, bajo la fórmula de salvaguarda
de soberanía, en sucesivas declaraciones conjuntas
y canjes de notas. Estos se refieren a medidas de fomento
de la confianza mutua en materia militar a efectos de evitar
incidentes, conservación de recursos pesqueros, exploración
y explotación de hidrocarburos, comunicaciones aéreas
y marítimas entre e! territorio continental argentino
y las islas, acceso de titulares de pasaportes argentinos
a las islas, construcción de un monumento a los caídos
argentinos en las islas en 1982, intercambio de información
sobre la delimitación exterior de la plataforma continental,
realización de un estudio de factibilidad sobre desminado
en las Islas Malvinas y análisis de su toponimia.
Tales entendimientos son de carácter
provisional, relativos a la creación de un “modus
vivendi” para el área de la controversia y se
orientan a generar las condiciones para la reanudación
de las negociaciones de soberanía.
La soberanía, el tema central
de la disputa. La cuestión de soberanía,
tema central de la disputa, no ha podido ser objeto de conversaciones
desde el restablecimiento de las relaciones diplomáticas,
debido a la renuencia del Reino Unido a incluir el tema en
las negociaciones a pesar de los múltiples llamamientos
de la comunidad internacional en favor de una solución
definitiva de la disputa.
La Disposición Transitoria
Primera de la Constitución Nacional de 1994 expresa:
"La Nación Argentina ratifica su legítima
e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas,
Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos
e insulares correspondientes, por ser parte integrante del
territorio nacional. La recuperación de dichos territorios
y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando e]
modo de vida de sus habitantes y conforme a los principios
del Derecho Internacional, constituyen un objetivo permanente
e irrenunciable del pueblo argentino."
El Gobierno del Presidente Kirchner reafirmó la política
de Estado respecto a la Cuestión Malvinas, privilegió
la búsqueda de la reanudación de las negociaciones
de soberanía y prosiguió con el cumplimiento
de los entendimientos provisorios bajo fórmula de soberanía
con el Reino Unido referidos a aspectos prácticos del
Atlántico Sur ya existentes, manifestando su disposición
a entrar en otros nuevos que sean del interés argentino
y contribuyan a generar las condiciones para la reanudación
de las negociaciones de soberanía.
El 2 de abril de 2006, en la ceremonia de conmemoración
del Día del Veterano de Guerra y de los Caídos
en la Guerra de Malvinas, el Presidente Néstor Kirchner
dijo: "Nuestra ciudadanía, nuestro pueblo tiene
el común empeño de rescatar la soberanía
de nuestras islas. Por eso hoy una vez más reiteramos
nuestra voluntad de reanudar el diálogo con el Reino
Unido. Será un diálogo entre democracias destinado
a encarar y a resolver una controversia que está afectando
nuestras relaciones, es un proceso en el que pondremos y que
demandará buena fe, tesón y disposición
también por parte del Reino Unido. Deben mostrar disposición
de negociar nuestra soberanía sobre las Islas Malvinas."
Se reiteró ante los organismos internacionales y regionales
y la comunidad internacional en general, el llamado al Reino
Unido a cumplir con el reiterado llamamiento internacional
a reasumir las negociaciones de soberanía de conformidad
con las resoluciones y declaraciones de las Naciones Unidas
y la Organización de los Estados Americanos, y se ha
reiterado la permanente disposición argentina a tal
efecto. Al mismo tiempo, el Gobierno argentino reafirmó
el respeto por el modo de vida de los isleños garantizado
en la Constitución Nacional y el compromiso argentino
con la consideración de sus intereses, de conformidad
con las resoluciones de las Naciones Unidas.
Sin perjuicio de ello, la República Argentina rechaza
y protesta los actos unilaterales británicos en el
área disputada, los cuales ignoran los entendimientos
provisorios bajo fórmula de soberanía y son
contrarios a lo establecido por la Resolución 31/49
de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que insta a
las Partes a abstenerse de introducir modificaciones unilaterales
en la situación.
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El 25 de Junio de 1996, los
países miembros del MERCOSUR Argentina, Brasil, Paraguay
y Uruguay más Bolivia y Chile, manifestaron en la Declaración
de Potrero de los Funes, su expreso apoyo a los derechos argentinos
de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del
Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes,
brindando un claro mensaje del bloque subregional sobre la
necesidad de lograr una solución a la controversia.
Asimismo, otros foros internacionales y regionales, como
las Cumbres Sudamericanas, el Grupo de Río, las Cumbres
Iberoamericanas, la Cumbre de Países Sudamericanos
y de Países Árabes, ha instado a la Argentina
y al Reino Unido a reanudar las negociaciones a fin de encontrar
una solución pacífica y definitiva a la disputa
de soberanía referida a la Cuestión Malvinas,
de conformidad con las resoluciones de la Naciones Unidas
y de la Organización de Estados Americanos, y las disposiciones
y objetivos de la Carta de la Naciones Unidas.
AUTORIDADES DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION
Presidente: ALBERTO EDGARDO BALESTRINI
Vicepresidente 1°: PATRICIA VACA NARVAJA
Vicepresidente 2°: FORTUNATO RAFAEL CAMBARERI
Vicepresidente 3°: GRACIELA CAMAÑO
Secretario Parlamentario: ENRIQUE HIDALGO
Secretario Administrativo; ALBERTO MARIO SUAREZ
Secretario de Coordinación Operativa: JORGE ARMANDO
OCAMPOS
OBSERVATORIO PARLAMETARIO-CUESTIÓN MALVINAS
JORGE ARGÜELLO Presidente
FEDERICO STORANI
FEDERICO PINEDO
CARLOS RAIMUNDI
ROSANA BERTONE
HUGO PERIÉ
DANIEL GALLO
AGUSTÍN ROMERO
CELIA SZUSTERMAN
ERNESTO LÓPEZ
FEDERICO LORENZ
JOSÉ PARADISO
LILIAN DEL CASTILLO-LABORDE
ROSANA GUBER
E-mail: observatoriomalvinas@hcdn.gov.ar
AUTORIDADES DE LA PROVINCIA SAN JUAN
Poder Ejecutivo:
Gobernador: Ing. JOSE LUIS GIOJA
Vice-Gobemador: Dr. MARCELO LIMA
Secretario General de la Gobernación: Sr. WALTER ROGELIO
LIMA
Secretario de Salud Pública: Dr. ROBERTO CORREA
Secretario de Turismo, Cultura y M. Ambiente: Sr. DANTE ELIZONDO
Secretario de Minería: Ing. FELIPE NELSON SAAVEDRA
Ministro de Gobierno: Ing. Civil. LORENZO EMILIO FERNÁNDEZ
Ministro de Educación: Lie. PEDRO OSCAR MALLEA
Ministro de Producción y Desarrollo Económico:
Sr. SALVADOR ANTONIO JIMÉNEZ
Ministro de Infraestructura y Tecnología: Dr. Ing.
TOMAS JOSE STRADA
Ministro de Desarrollo y Promoción Social: Arq. JORGE
ALBERTO ROSALES
Ministro de Hacienda v Finanzas: Contador VICTOR ALDO MOLINA
Senadores Nacionales por la Provincia de San Juan:
Dr. CESAR AMBROSIO GIOJA
Dra. MARINA RAQUEL RIOFRIO
D. ROBERTO BASUALDO
Diputados Nacionales por la Provincia de San Juan:
Sr. RUPERTO EDUARDO GODOY
Contador JUAN CARLOS GIOJA
Prof. MARGARITA FERRA DE BARTOL
Dr. RUBEN UÑAC
Dr. GUILLERMO BAIGORRI
Lic. ADRIANA MARINO
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